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Información Pago el 1% al Bono Laboral

En relación a todas las consultas realizadas sobre el aporte mensual señalado en el Art. 6 de la ley 20.305, equivalente al 1% de las remuneraciones mensuales imponibles de sus trabajadores, se indica sólo se debe realizar hasta las remuneraciones que se devenguen en el mes de diciembre del año 2024. 

Lo anterior, por cuanto la ley 21.724, no incorporó ninguna modificación a la ley 20.305.

ver link:https://web.tesoreria.cl/acceder-al-formulario-de-aporte-institucional-al-fondo-bono-laboral/